jueves, 28 de febrero de 2013

Proyecto de decreto para adicionar un párrafo segundo al artículo 59 de la Ley Federal de Radio y Televisión.


INICIATIVA

Segundo Periodo Ordinario
Jueves, 28 de Febrero de 2013
Gaceta: 96
De las Senadoras Hilda Esthela Flores Escalera, Angélica del Rosario Araujo Lara, María Cristina Díaz Salazar, Lisbeth Hernández Lecona, Margarita Flores Sánchez, Diva Hadamira Gastélum Bajo e Itzel Sarahí Ríos de la Mora, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la que contiene proyecto de decreto para adicionar un párrafo segundo al artículo 59 de la Ley Federal de Radio y Televisión.



INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMA EL ARTÍCULO 59 DE LA LEY FEDERAL DE RADIO Y TELEVISIÓN. 

SEN. ERNESTO JAVIER CORDERO ARROYO
PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA
CÁMARA DE SENADORES
P R E S E N T E

HILDA ESTHELA FLORES ESCALERA, ANGÉLICA DEL ROSARIO ARAUJO LARA, MARÍA CRISTINA DÍAZ SALAZAR, LISBETH HERNÁNDEZ LECONA, MARGARITA FLORES SÁNCHEZ, DIVA HADAMIRA GASTÉLUM BAJO E ITZEL SARAHÍ RÍOS DE LA MORA, Senadoras  integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXII Legislatura, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 8, numeral 1 fracción I y 164, numeral 2 del Reglamento del Senado de la República, presentamos ante esta Soberanía, una iniciativa con proyecto de decreto para adicionar un párrafo segundo al artículo 59 de la Ley Federal de Radio y Televisión, al tenor de la siguiente:
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El derecho a la Salud es uno de los derechos fundamentales de las personas, sin distinción de raza, religión, ideología política o condición económica o social, así lo establece la Constitución de la Organización Mundial de la Salud , la cual dentro de sus postulados también consagra la responsabilidad que tienen los gobiernos en la salud de sus pueblos, la cual solo puede ser cumplida mediante la adopción de medidas sanitarias y sociales adecuadas. 
Este derecho no se restringe al derecho a estar sano, sino que establece consigo una serie de obligaciones del Estado, para que el mismo genere condiciones en las cuales todos sus nacionales puedan vivir lo más saludablemente posible. Estas condiciones no se limitan a garantizar disponibilidad de los servicios de salud, sino que inciden en otros factores que de manera directa o indirecta se relacionan con la protección de la salud de las personas.
Condiciones de trabajo seguras, vivienda adecuada, medio ambiente sano, educación, salubridad, agua, saneamiento, alimentación, nutrición e información son algunas de esas condiciones en las que la actividad del Estado, a través de la adopción de políticas públicas adecuadas, incide directamente en garantizar la salud de los mexicanos.
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos es imperativa, al reconocer desde el artículo 1°, el goce de toda persona a los derechos humanos,-entre ellos en derecho a la Salud – y la obligatoriedad de toda autoridad en el país de proteger y garantizar estos derechos.
Más aún, en sintonía con lo anterior, el texto constitucional contempla en su artículo 4° que toda persona tiene derecho a la alimentación nutritiva, suficiente y de calidad. El Estado lo garantizaráy en párrafo posterior menciona que: toda persona tiene derecho a la protección de la salud.Es decir, existe no solo la obligación, sino que es responsabilidad del Estado Mexicano, implementar acciones que redunden en beneficio y garanticen la salud de todos sus nacionales.
En los últimos años, nuestro país ha reflejado un alarmante incremento en número de personas con problemas de sobre peso y obesidad, lo que ha traído como consecuencia en proporción directa, un acelerado aumento de enfermedades como diabetes tipo 2, hipertensión arterial, dislipidemias y enfermedades cardiovasculares, entre otras.
El factor que más incide en esta problemática es precisamente la falta de alimentación sana y nutritiva, combinada en muchos de los casos con la falta de información respecto a los alimentos y productos que se consumen cotidianamente en el país.
La obesidad es una enfermedad multifactorial, caracterizadapor aumento en los depósitos de grasa corporal causado porun balance positivo de energía, es decir cuando la ingesta de energía excede al gasto energético.
Según el estudio Obesidad en México: recomendaciones para una política de Estado, realizado por el Grupo Multidisciplinario sobre obesidad de la Academia Nacional de Medicina, este balance positivo de energía es la causa inmediata de la obesidad, la cual está modulada por factores fisiológicos, genéticos y epigenéticos. Además existen causas subyacentes, entre las que destacan la alta disponibilidad y accesibilidad de alimentos con elevada densidad energética y bebidas azucaradas y el bajo consumo de agua, frutas, verduras, cereales de grano entero y leguminosas; el mercadeo masivo de alimentos procesados, los bajos precios relativos por caloría tanto de alimentos procesados con alta densidad energética como de bebidas con azúcar adicionada, la falta de orientación alimentaria; todo esto aunado a la pérdida de la cultura alimentaria y un medio ambiente sedentario.
El estudio nos refleja una serie de datos alarmantes que a continuación se detallan:
  • En México se ha documentado uno de los incrementos más rápidos a nivel mundial de población en la prevalencia de peso excesivo (sobrepeso y obesidad). De 1980 al año 2000, de forma casi paralela se identificó un incremento alarmante del 47% en la mortalidad por diabetes mellitus tipo 2, pasando de ser la novena causa de mortalidad en 1980 a la tercera en 1997, a la segunda causa de mortalidad a nivel nacional en el 2010, con cerca de 83,000 defunciones.
  • Para el año 2004, el 75% de todas las muertes ocurridas en el país estuvieron causadas por enfermedades crónicas no transmisibles relacionadas con la nutrición (ECNT). Las principales causas demortalidad fueron diabetes mellitus, enfermedad isquémica del corazón y enfermedad cerebrovascular. Los principales factores de riesgo responsables de la mortalidad fueron el sobrepeso y la obesidad, las concentraciones elevadas de glucosa en sangre, el consumo de alcohol y el tabaquismo. Únicamente el sobrepeso, la obesidad y la glucosa elevada explicaron 25.3% del total de las muertes en el país. Por ello, existe preocupación de que las generaciones nacidas en las últimas décadas del siglo XX, como resultado de las enfermedades y daños a la salud ocasionados por la obesidad, pudiera tener menor longevidad que las generaciones anteriores.
  • La última encuesta nacional de salud y nutrición 2012, encontró prevalencias peso excesivo de 73% en mujeres y 69.4%en hombres adultos, 35.8% en adolescentes de sexo femenino, 34.1% en adolescentes varones y 32% en las niñas y 36.9% en niños en edad escolar.
  • Actualmente alrededor de 7 de cada 10 adultos (más de 49 millones) y 1 década tres niños de 5-19 años (alrededor de 12 millones) presentan peso excesivo (sobrepeso u obesidad)
  • El costo de la obesidad en 2008 fue estimado en 67 mil millones de pesos y se calcula que para el 2017, fluctúe entre $151 mil millones y $202 mil millones en pesos.
El problema de la obesidad y sus consecuencia directas en la persona son hoy en día un problema de salud pública, que debemos de atacar por distintos frentes y acotando todos los factores y condiciones que inciden con el sobrepeso.
Conocemos los esfuerzos que se han realizado a través de las diversas instancias y órdenes de gobierno, el propio Congreso de la Unión ha promovido y aprobado reformas a diversos ordenamientos jurídicos con la finalidad de acotar y atacar el problema. Han sido reformadas, entre otras la Ley General de Salud y la Ley General de Educación para fomentar esquemas de alimentación sana.
La presente propuesta representa un esfuerzo más por impulsar y materializar las políticas públicas que se han adoptado en la cruzada en contra de la obesidad en México. Estamos convencidos que la población requiere estar debidamente informada respecto a los daños que causan el sobrepeso y la obesidad, por un lado, y por otra, respecto al conocimiento de una alimentación sana y nutritiva adecuada.
Es a través de los Medios masivos de Comunicación por los cuales hoy en día la población se informa de manera más adecuada. La penetración que se tiene a través del radio y la televisión en nuestro país, a casi todos los hogares mexicanos es una herramienta adecuada y eficaz para combatir la obesidad y la mala alimentación.
Por ello, la iniciativa con proyecto de decreto que el día de hoy, se propone a consideración de esta Honorable Asamblea Legislativa, incluye la adición de un segundo párrafo al artículo 59  de la Ley Federal de Radio y Televisión, a fin de establecer como una obligación de los concesionarios de estaciones de radio y canales de televisión, el destinar de los llamados “tiempos oficiales” un porcentaje para que dependencias federales y estatales competentes realicen campañas en contra de la obesidad y el sobrepeso y se informe a la ciudadanía respecto a la alimentación sana y nutritiva.
Por lo anteriormente descrito, se presenta para su estudio, análisis, discusión y, en su caso, aprobación, la presente iniciativa con proyecto de:

DECRETO
ÚNICO. Se adiciona un párrafo segundo del artículo 59 de la Ley Federal de Radio y Televisión para quedar como sigue:
Artículo 59.-
Asimismo, el Consejo Nacional de Radio y Televisión determinará el porcentaje del tiempo señalado en el párrafo anterior, que deberá ponerse a disposición de la Secretaría de Salud Federal y de los gobiernos de las entidades federativas y del Distrito Federal a fin de que se difundan campañas destinadas al combate a la obesidad y el sobrepeso y fomentar una alimentación sana y nutritiva.
TRANSITORIOS
PRIMERO. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Salón de Sesiones de la Cámara de Senadores del Honorable Congreso de la Unión a veinticinco de febrero de dos mil trece.
SEN. HILDA ESTHELA FLORES ESCALERA
SEN. ANGÉLICA DEL ROSARIO ARAUJO LARA
MARÍA CRISTINA DÍAZ SALAZAR
SEN. LISBETH HERNÁNDEZ LECONA
SEN. MARGARITA FLORES SÁNCHEZ
SEN. ITZEL SARAHÍ RÍOS DE LA MORA
SEN. DIVA HADAMIRA GASTÉLUM BAJO

[1]Constitución adoptada por la Conferencia Sanitaria Internacional celebrada en Nueva York del 19 de junio al 22 de julio de 1946.

Proyecto de decreto por el que se adiciona la fracción k) del artículo 28 de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.


Segundo Periodo Ordinario
Jueves, 28 de Febrero de 2013
Gaceta: 96
INICIATIVA
De los Senadores María Elena Barrera Tapia, Miguel Romo Medina, Braulio Manuel Fernández Aguirre, María Cristina Díaz Salazar, Armando Neyra Chávez e Hilda Esthela Flores Escalera, la que contiene proyecto de decreto por el que se adiciona la fracción k) del artículo 28 de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

SE TURNÓ A LAS COMISIONES UNIDAS DE ATENCIÓN A GRUPOS VULNERABLES Y DE ESTUDIOS LEGISLATIVOS, SEGUNDA.

INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE ADICIONA LA FRACCIÓN K DEL ARTÍCULO 28 DE LA LEY PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES

SENADO DE LA REPÚBLICA

LXII LEGISLATURA
Los suscritos Senadores María Elena Barrera Tapia, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, Miguel Romo Medina, Braulio Manuel Fernández Aguirre, María Cristina Díaz Salazar, Armando Neyra Chávez, Hilda Esthela Flores Escalera, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de conformidad con los artículos 8, numeral 1, fracción I y 164 del Reglamento del Senado de la República, sometemos la consideración del Pleno, la siguiente INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE ADICIONA LA FRACCIÓN K) DEL ARTÍCULO 28 DE LA LEY PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES con base en la siguiente:
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Todos los seres humanos debemos cubrir necesidades básicas, tales como: comer, beber, dormir, vestir, entre otras, esto se refleja como salud de calidad. Por ello, la importancia de que el gobierno, comunidades, familias y personas se preocupen siempre por conservar y mantener niveles óptimos de salud en todos los miembros de la sociedad.
La salud como “…un estado de completo bienestar físico, mental y social, y no solamente la ausencia de afecciones o enfermedades”1 y la salud mental como “un estado de bienestar en el cual el individuo es consciente de sus propias capacidades, puede afrontar las tensiones normales de la vida, puede trabajar de forma productiva y fructífera y es capaz de hacer una contribución a su comunidad.2
Al respecto, el Constituyente ha realizado reformas en beneficio de la ciudadanía mexicana, una de ellas es el derecho a la salud, como un derecho inalienable, imprescriptible e irrenunciable, como lo establece el párrafo cuarto del artículo 4° Constitucional, a saber:
Toda persona tiene derecho a la protección de la salud. La Ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia de la Federación y las entidades federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que dispone la fracción XVI del artículo 73 de esta Constitución.”3
Con ello, se puede apreciar que el Estado, cuenta con las bases y modalidades para los servicios de salud de los mexicanos. Asimismo, en nuestro país existe la protección del interés superior de la niñez que se encuentra plasmado, en el párrafo octavo del precepto constitucional antes mencionado, donde se establece que:
“En todas las decisiones y actuaciones del Estado se velará y cumplirá con el principio del interés superior de la niñez, garantizando de manera plena sus derechos. Los niños y las niñas tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral. Este principio deberá guiar el diseño, ejecución, seguimiento y evaluación de las políticas públicas dirigidas a la niñez.”5
Cabe precisar que los niños, niñas y jóvenes, son quienes representan el futuro de nuestro país, en tal sentido, es trascendente crear estrategias de prevención con posturas que promuevan la salud mental, con un debido diagnóstico y tratamiento para el control de los trastornos mentales.
El Estado Mexicano, como garante de la protección de los derechos ha signado la Convención de los Derechos del Niño,6 donde se establece lo siguiente:
“Artículo 19
1. Los Estados Partes adoptarán todas las medidas legislativas, administrativas, sociales y educativas apropiadas para proteger al niño contra toda forma de perjuicio o abuso físico o mental, descuido o trato negligente, malos tratos o explotación, incluido el abuso sexual, mientras el niño se encuentre bajo la custodia de los padres, de un representante legal o de cualquier otra persona que lo tenga a su cargo.
2. Esas medidas de protección deberían comprender, según corresponda, procedimientos eficaces para el establecimiento de programas sociales con objeto de proporcionar la asistencia necesaria al niño y a quienes cuidan de él, así como para otras formas de prevención y para la identificación, notificación, remisión a una institución, investigación, tratamiento y observación ulterior de los casos antes descritos de malos tratos al niño y, según corresponda, la intervención judicial.
Los Estados Partes reconocen el derecho del niño que ha sido internado en un establecimiento por las autoridades competentes para los fines de atención, protección o tratamiento de su salud física o mental a un examen periódico del tratamiento a que esté sometido y de todas las demás circunstancias propias de su internación.
1. Los Estados Partes reconocen el derecho de todo niño a un nivel de vida adecuado para su desarrollo físico, mental, espiritual, moral y social.
De lo anterior, es de resaltarse que la presente iniciativa tiene como finalidad el fortalecer la prevención de la salud mental de la niñez y juventud, que ha sido uno de los compromisos internacionales, debido a que los menores de edad son el sector de la población con más vulnerabilidad.
Al respecto, el artículo 28 de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes establece que:
“Los niñas, niños y adolescentes tienen derecho a la salud.”
Por su parte, la Ley General de Saludestablece lo siguiente:
  • El artículo 2, fracción I.- Manifiesta que la finalidad para la protección de la salud tiene dentro de sus prioridades el bienestar físico y mental de la persona, para contribuir al ejercicio pleno de sus capacidades.
  • El artículo 3º fracción VI.-La salud mental es materia de salubridad general.
  • El artículo 6º fracción IV.- El sistema nacional de salud tiene entre sus objetivos dar impulso al crecimiento físico y mental de la niñez.
  • El artículo 27 fracción VI.- Los servicios referentes a la salud mental se consideran servicios básicos de salud.
  • Adicionalmente, el Capítulo VII del Título Tercero.- Se refiere específicamente a la Salud Mental y abarca los artículos 72 a 77, los cuales contienen disposiciones relativas a la promoción de la salud mental, prevención y tratamiento de los trastornos mentales, así como derechos de las personas con trastornos mentales y del comportamiento.
Con ello, se aprecia que se deben de establecer políticas públicas que puedan brindar una prevención y diagnóstico de todo tipo de enfermedades, y para el caso que nos ocupa no sólo las físicas sino mentales.
Es de apreciarse que la Organización Mundial de la Salud (OMS), establece que la calidad de vida implicaría una serie de componentes, todos ellos de carácter objetivo, en los que intervienen directamente la salud, la alimentación, la educación, el trabajo, la vivienda, la seguridad social, el vestido y los derechos humanos.”
En ese tenor, la manifestación de las enfermedades mentales se pueden presentar en cualquier etapa de la vida, no hay una edad determinada en la cual se exteriorice alguna enfermedad mental, la que puede declararse en cualquier periodo evolutivo de la persona y aunque las enfermedades mentales no tengan una cura total, pueden tener una recuperación prometedora, por medio de la cual se logre mejorar la calidad de vida de los pacientes. Los tratamientos comprenden psicoterapia y medicación, además de grupos de ayuda y servicios comunitarios.
Al respecto, el Programa de Acción para Superar las Brechas en Salud Mental, establece que cerca del 50% de los trastornos mentales en los adultos comienzan antes de los 14 años.7
En este orden de ideas, podemos anotar que la depresión es una causa de discapacidad en el mundo. La Organización Mundial de la Salud estima que la depresión ocupará el segundo lugar en 2020 como discapacidad mundial, después de las enfermedades cardiovasculares. La depresión es una enfermedad común, seria y compleja que afecta aproximadamente 121 millones de personas en el mundo.8
En los países en desarrollo, la depresión es 1,5 a 2 veces más frecuente que en los países desarrollados. A nivel mundial, la cantidad de mujeres que padecen depresión duplica la de los hombres, mientras que el doble de hombres probablemente se convierta en un alcohólico.9
Se calcula que anualmente un 20% de los adolescentes del mundo sufre algún problema de salud mental, por lo general depresión grave u otros trastornos del estado de ánimo, que al no ser atendidos a tiempo pueden continuar perturbando a las personas y tener efectos negativos durante toda la vida adulta. Debido a que los jóvenes experimentan un cambio físico, mental y social drástico durante la pubertad y su iniciación sexual. En el proceso de abordar estos cambios y establecer su propia identidad, incluida la sexual, son propensos a dificultades de salud mental, entre ellas la depresión y los trastornos causados por la ansiedad. Manifestándose el suicidio es una de las tres causas principales de mortalidad entre personas con edades entre 15 y 35 años.10
Como se ha mencionado anteriormente, cuando se sufre depresión grave en la adolescencia, el trastorno puede persistir o reaparecer en la edad adulta. Pese a que se suele relacionar el suicidio con los problemas de salud mental, en algunas ocasiones es producto de las dificultades de los jóvenes en el seno de sus familias.
En la mayoría de los países en desarrollo, los adolescentes disponen de muy pocos servicios y recursos en materia de salud mental. En los que por lo general no hay suficientes profesionales de la salud mental y agentes sanitarios11 no especializados no suelen estar suficientemente capacitados o motivados para prestar servicios de salud mental de buena calidad a los jóvenes. La depresión en los países desarrollados tiene un índice menor, por la atención recibida por los profesionales de la salud. Otra barrera que suele complicar la satisfacción de las necesidades relacionadas con la salud mental es el estigma o discriminación que se suele asignar a los trastornos mentales.12
La salud mental de la infancia y la adolescencia es una preocupación primordial en el desarrollo de programas de prevención e intervención en todo el mundo, hoy en día nos encontramos con situaciones por demás preocupantes como:
  • El suicidio es la tercera causa de muerte entre los adolescentes.13
  • Los trastornos depresivos tienen inicio en la adolescencia.
  • El 20% de niños y jóvenes padecen trastornos mentales o son víctimas de violencia física o sexual.
  • Los trastornos conductuales de la infancia se perpetúan a lo largo de la vida de las personas, manifestándose en la edad adulta en el consumo de drogas, la delincuencia y conducta antisocial.
  • Los trastornos mentales como la depresión provocan un bajo rendimiento escolar.
De acuerdo al Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), el último censo de 2010, en México habitan 43,776,908 jóvenes menores de 20 años, de los cuales 32,515,796 son menores de 15 años14. Por ello, hace falta promover la salud mental entre la población de niñas, niños y adolescentes, lo que conllevará a que en un futuro no muy lejano la población adulta tenga menos índices de trastornos mentales. Brindará la oportunidad de detectar y dar tratamiento correctivo a las alteraciones desde la niñez, a la vez esta detección evitará que el adulto del mañana tenga una mejor calidad de vida familiar, social y laboral.
Un país que presente problemas de salud en sus habitantes tendrá dificultades para llevar adelante los planes de desarrollo en beneficio de la población. Por lo que al integrar sistemas de salud, que dan atenciones a la población para mejorar sus condiciones de vida y desarrollo, disminuyen los impactos mortales de las enfermedades, previenen hábitos nocivos que ayudan a una mejor calidad de vida, investigan las características de las enfermedades y procuran llevar a la mayoría de la población, atención suficiente y adecuada.
Existe una relación muy estrecha entre una enfermedad física y una mental, ya que existe una gran variedad de enfermedades médicas que dan como resultado trastornos mentales claramente identificados y a los que se han denominado secundarios. Son numerosas las enfermedades médicas que generan trastornos mentales en individuos susceptibles, entre éstas predominan las endocrinológicas, las cardiopatías, las inmunológicas y las neurológicas. 15 Ejemplo de esto es la alta proporción de pacientes diabéticos, padecimiento que tiene una prevalecía del 10% en la población y que provoca trastornos depresivos y cambios de personalidad secundarios al procedimiento médico. También, más de 50% de pacientes con enfermedad vascular cerebral presentan trastornos mentales, principalmente alteraciones del estado de ánimo.
La prevención es sobre todo, definida como la protección contra los riesgos, las amenazas del ambiente, lo que significa, inevitablemente la acción mancomunada de las Instituciones de Salud, de las comunidades y las personas que más que integrarlas las instituyen.
En la Primera Conferencia Internacional de Promoción de Salud, realizada en Ottawa en 1986 con el patrocinio de la OMS se señala que es necesario facilitar el proceso según el cual se puede movilizar "a la gente para aumentar su control sobre la salud y mejorarla… para alcanzar un estado adecuado de bienestar físico, mental y social… ser capaz de identificar y realizar sus aspiraciones, de satisfacer sus necesidades y de cambiar o adaptarse al medio ambiente". Para lograr verdaderamente esto es imprescindible comprender que el desarrollo de la salud no se puede reducir a la lucha contra la enfermedad, a las prácticas clínicas tradicionales.16
La prevención debe de ser una política prioritaria en el ejercicio de la administración pública, sobretodo en el ámbito de la salud por lo que se deben buscar las medidas para mejorar la salud de la población.
Cabe resaltar que entre las diez principales enfermedades considerando mortalidad prematura y días vividos sin salud se encuentran tres tipos de enfermedades mentales, como lo son la depresión mayor, esquizofrenia y trastorno obsesivo compulsivo, las que son catalogadas como graves por los profesionales de la salud. Lo que genera que las personas que padecen estos padecimientos no puedan interactuar normalmente con el medio que los rodea.17
En el Partido Verde estamos preocupados por este problema de salud pública, ya que debemos encontrar la forma de prevenir en la población infantil y adolescente las alteraciones que se puedan convertir en trastornos mentales en la edad adulta. En atención a lo anteriormente expuesto, sometemos a consideración de este Honorable Pleno la siguiente iniciativa:
PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE ADICIONA EL APARTADO K DEL ARTÍCULO 28 DE LA LEY PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES.
ÚNICO: Se adiciona el apartado K del artículo 28 de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, para quedar como sigue:
K. Promover la salud mental, así como la prevención, diagnóstico, tratamiento y control de los trastornos mentales y del comportamiento en niñas, niños y adolescentes.
TRANSITORIO
ÚNICO. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Dado en el recinto del Senado de la República a los 28 días del mes de febrero de 2013.
Por el Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México
SENADORA MARÍA ELENA BARRERA TAPIA
Por el Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional